Ilustración: Eduardo Montoya
Caquetá Reportajes

El río que ya no será de todos: la preocupación en Florencia por el río Hacha

Mientras urbanizaciones campestres buscan avanzar sobre suelo rural y zonas determinadas de conservación en Florencia, el río Hacha deja de ser un espacio popular para convertirse en paisaje privado. Detrás del proyecto “La Reserva Club House” aparecen vacíos legales y una disputa por el acceso al agua y la memoria colectiva.

María García tiene 53 años. Aunque nunca ha vivido en un lugar distinto al centro de Florencia, sus mejores recuerdos no son de allí. El río Hacha es el protagonista de la mayoría de ellos: cuando era joven iba a lavar la ropa, a pescar o simplemente a disfrutar de un buen baño y hacer paseo de olla en el estadero Villa Martha, cerca de la cuenca del río, en el sector El Caraño. 

En cuanto hizo su propia familia, compartió la misma rutina con sus cinco hijos: salir a disfrutar de la arborización, la inmensa cantidad de agua, la frescura del clima y la pesca. “Allí aprendieron a nadar mis hijos y mis nietos. Hasta hace cuatro años, que dejamos de ir”, recuerda María con nostalgia. 

María dice que Villa Martha era el lugar preferido de muchas familias. De aquellas que no podían pagar un lugar privado o no podían ir más lejos. Pero desde hace cuatro años el lote donde quedaba este y otros estaderos está rodeado de letreros que advierten que María y su familia ya no pueden entrar allí. “Propiedad privada”, se lee en varios de ellos. En otros lugares cercanos hay que pagar para entrar, y el deterioro del sector es cada vez más evidente. El paraíso que recuerda María ya no está.

En Florencia el río nunca ha sido solo un cuerpo de agua que cruza la ciudad, sino que representa un núcleo de identidad compartida. Hoy la llegada de varios proyectos de vivienda, entre esos  “La Reserva Club House”, ha encendido alarmas entre ambientalistas, veedores y personas como María, que defienden el derecho al agua. Un proyecto del que poco se sabe y sobre el que pesan muchas dudas.

El proyecto que avanzó sobre el silencio

Desde el 8 de julio de 2022, “La Reserva Club House” comenzó a publicar en redes sociales la propuesta de proyecto presentada como vivienda campestre, con ubicación cercana a la curva del río Caraño, en la cuenca del río Hacha, dentro del predio Lala Alsacia. El proyecto se ubica aproximadamente a dos o tres kilómetros de donde se encontraba Villa Martha, siguiendo la misma franja de la vía que conduce de Florencia hacia el Huila, por la cordillera Oriental.

El anuncio publicitario era prometedor: “a cinco minutos del centro tradicional de la ciudad, a seis minutos del centro comercial Gran Plaza, cada casa y cada lote con escritura pública”. Sin embargo, no se mencionaban las idas y venidas con la Alcaldía y Corpoamazonia, ni la falta de claridad sobre su viabilidad.

El proyecto comenzó a gestarse formalmente el 12 de noviembre de 2021, cuando la representante legal de la constructora, Yina Marcela Ochoa Jaramillo, radicó ante la Secretaría de Planeación de Florencia la solicitud de concepto de viabilidad para un desarrollo de vivienda campestre en el predio “Alsacia”. En 2022, tanto la Alcaldía como Corpoamazonia otorgaron viabilidad urbanística al proyecto.

Después de radicar la solicitud formal el 10 de mayo de 2022, la Secretaría de Planeación emitió un acta de observaciones en la que señaló errores que debían ser subsanados. Entre devoluciones y suspensiones, no fue sino hasta abril de 2023 que la constructora presentó un nuevo derecho de petición con las correcciones definitivas, solicitando, además, la adopción formal de la Unidad de Parcelación Rural y el permiso para el movimiento de tierras.

Alegando la falta de respuesta de la administración local, la empresa protocolizó el Silencio Administrativo Positivo mediante escritura pública, sosteniendo que su solicitud había sido resuelta favorablemente por la inacción de la Alcaldía. Aunque inicialmente la administración municipal se negó a reconocer esta figura jurídica, en 2024 cambió de postura, aceptó la existencia del silencio administrativo y adoptó formalmente la UPR, autorizando el inicio de las obras de movimiento de tierras.

El decreto de la UPR “La Reserva Club House” se divide en seis puntos clave. Lo primero es que reconoce el silencio administrativo y asegura que tras no responder a las solicitudes en los términos legales, nació un acto administrativo presunto que debe ser respetado.

Lo segundo es que adopta la UPR sobre el predio denominado "Alsacia" en la Vereda Caldas, con una extensión actualizada de 5.6 hectáreas y lo define para uso residencial (vivienda unifamiliar y bifamiliar) como uso principal, complementado con comercio de bajo impacto. Establece que los lotes deben tener un área mínima de 500 m² y que la construcción no puede superar el 40 por ciento del área total del predio.

Adicionalmente, concede autorización expresa para realizar el movimiento de tierras y establece que el proyecto contará con factibilidad de servicios públicos, utilizando sistemas de tanques sépticos para el manejo de aguas residuales (avalados por Corpoamazonia) y el suministro de agua y energía a través de empresas locales. Por último, incorpora los asuntos ambientales concertados previamente con Corpoamazonia mediante la Resolución 0592 de 2022, incluyendo la protección de la ronda hídrica del río Hacha con un retiro de 30 metros.

El camino para obtener la licencia de parcelación definitiva se volvió aún más complejo. La Secretaría de Planeación municipal respondió a Consonante que, aunque existe el decreto de la UPR de 2024, “la administración no ha otorgado licencia urbanística de urbanización, parcelación o construcción para el desarrollo del proyecto".

En marzo de este año, el ciudadano Gustavo Adolfo Valencia, de la Veeduría Ambiental "Florencia Renace para la Amazonía", radicó una petición de información ante Corpoamazonia sobre los procesos sancionatorios contra el proyecto.

La corporación visitó el predio y el conflicto escaló rápidamente tras la difusión en redes sociales en la que la autoridad ambiental alegó un estado de "ilegalidad múltiple" e intervenciones irregulares en la ronda hídrica del río Hacha. En respuesta, la constructora radicó el 14 de mayo un extenso derecho de petición denunciando falsa motivación e imparcialidad en dicho informe.

Hasta el 6 de mayo, la dirección territorial Caquetá de la Corporación remitió formalmente los hallazgos a la oficina jurídica para evaluar la imposición de una medida preventiva de suspensión de actividades. Y un día después se da respuesta oficialmente  a la veeduría Florencia renace para la Amazonia, asegurando que el modelo de ocupación del proyecto es incompatible con las normas ambientales y  que se ha iniciado un trámite de evaluación jurídica.

Finalmente, la Secretaría de Planeación le respondió a Consonante asegurando la legalidad del movimiento de tierras. También informó que “se han efectuado verificaciones a través de la Secretaría de Ambiente y la Oficina de Control Urbano, realizando visitas técnicas e inspecciones de campo cuyos informes reposan en los expedientes administrativos”, pero no menciona cuáles fueron los hallazgos.

Un mandato judicial en el papel

El Plan de Ordenamiento Territorial de Florencia tiene más de 20 años y su falta de actualización ha sido un factor clave en los cuestionamientos a este tipo de proyectos. Los veedores aseguran que los terrenos donde se desarrollará “La Reserva Club House”, por ejemplo, están clasificados en dicho POT como suelo netamente rural y cuentan con una protección especial que prohíbe el urbanismo denso.

El POT, según el artículo 20, reconoce que el suelo suburbano solo existe en los suelos asociados a la vía nacional denominada Carretera Marginal de la Selva y en los núcleos de corregimientos y veredas. A pesar de que la Secretaría de Planeación asegura que el terreno está clasificado como “suburbano”, el predio Alsacia se encuentra sobre la vía de primer orden que comunica Florencia con el departamento del Huila (vía Florencia-Suaza) y el Acuerdo 018 de 2000 no definió esta vía como corredor vial suburbano. Aunque la reconoce como una vía de jerarquía V-1, no le otorgó la clasificación de zona suburbana en su texto original.

 “Dado que el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) está vigente desde el año 2000, es imperativo reconocer la importancia de las zonas de protección. El corregimiento El Caraño constituye el eje hídrico fundamental de Florencia y esta región alberga el bosque de niebla de menor altitud en el planeta”, explica Gustavo Valencia, representante legal de la veeduría ambiental Florencia Renace para la Amazonía.

Por eso, la UPR está rodeada de múltiples dudas. Leidy Marial Vargas, ingeniera catastral y experta en ordenamiento territorial con amplia trayectoria en el IGAC y el Ministerio de Agricultura, sostiene que una Unidad de Planificación Rural (UPR) es un “instrumento que busca desarrollar las normas que se tienen en un área específica en el suelo rural con un mayor nivel de detalle”. Sin embargo, aclara que existe una jerarquía normativa en la que el POT está por encima de este tipo de instrumentos. No obstante, en el decreto correspondiente, la Alcaldía señala que la UPR estaría por encima del POT.

Bajo la normativa nacional vigente, específicamente el artículo 2.2.1.1 del Decreto 1077 de 2015, la UPR se define técnicamente como un “instrumento de planificación de escala intermedia”. Y su función es desarrollar y complementar las disposiciones del POT para el suelo rural, lo que implica que su alcance es detallar y precisar normas preexistentes en áreas específicas, pero nunca contradecir los lineamientos generales dictados por el plan de ordenamiento principal. Por ello, las actuaciones urbanísticas que se planteen en una UPR deben estar obligatoriamente articuladas con el POT municipal.

A esto se suma que desde la concepción del instrumento y la perspectiva técnica, una UPR no debe realizarse para un proyecto específico. Incluso el alcance de estas unidades no permite autorizar intervenciones físicas directas, ya que para procesos de remoción de tierras o construcción se requieren los permisos ambientales y otros instrumentos “con la UPR no es suficiente”, explica la experta. Sin embargo, el decreto también permite estas actividades y parece diseñado a la medida del proyecto de vivienda.

En contraste, determinantes ambientales como el Pomca son normas de superior jerarquía que deben ser acatadas por cualquier proyecto público o privado, independientemente de lo que establezca el plan de ordenamiento local.

El proceso del Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca Hidrográfica (Pomca) del río Hacha surgió entre 2016 y 2017, con el objetivo de actualizar el instrumento previo vigente desde 2006. Durante esta transición, se inició un trabajo conjunto con los habitantes, principalmente del corregimiento de El Caraño —donde se concentra la mayor parte de la cuenca—, aunque el área también abarca Santo Domingo, Orteguaza y Danubio.

“Al percibir que la actualización inicial no integraba adecuadamente la relación ambiental, la comunidad se organizó para ejercer incidencia política. Esta articulación buscó garantizar que el nuevo Pomca incluyera programas y una zonificación que reflejaran las realidades de quienes habitamos el territorio, consolidando así un modelo de gestión verdaderamente participativo”, puntualiza Dailer Montoya Díaz, ingeniero y veedor de la cuenca del río Hacha.

A esto se suma el decreto nacional  1077 del 2015, que prohíbe crear barrios o núcleos de población en suelo rural, sin servicios públicos ni  planificación previa. Para este proyecto se permitió la división en lotes de 400 metros cuadrados a 1000 metros cuadrados en la orilla del río donde, aseguran los líderes, no se pueden dar garantías reales de saneamiento básico.

Díaz señala que uno de los riesgos técnicos más críticos es justo el manejo de los vertimientos. El veedor califica la propuesta del proyecto para el tratamiento de aguas residuales como “muy somera en la cantidad de descargas y de habitantes que se prevén para la zona”. Su mayor alarma técnica es que, mientras en las fincas tradicionales las descargas están dispersas, en este condominio se concentrarían en un solo lugar, lo que podría saturar la capacidad del río para procesar la contaminación

Esta situación deriva en un riesgo directo para la salud pública de los habitantes de Florencia, dado que el proyecto se localiza a escasos 500 metros de uno de los principales balnearios y puntos de recreación histórica de la ciudad. A esto se suma que la disposición de aguas y la gestión de riesgos de desastres por remoción de masas en esa cuenca específica no han sido tratadas con la rigurosidad necesaria.

Actualmente la administración municipal está tramitando una nueva versión del plan que se encuentra “en evaluación en la autoridad ambiental”. Allí la preocupación es, explica Montoya, que se identifiquen cerca de 14 centros poblados o caseríos en los siete corregimientos para darles un manejo urbanístico especial similar al de La Reserva Club House. “Hay riesgo de gentrificación de ciertas zonas rurales cercanas que antes eran propiedades campesinas”, agrega el veedor.

Además, la comunidad ha denunciado falta de transparencia institucional con la información sobre el POT, al punto de tener que recurrir a tutelas para acceder a los documentos completos. “No podemos olvidar que el Pomca del río Hacha es un determinante ambiental y un instrumento de planificación que está por encima en la escala del ordenamiento territorial respecto al POT”, agrega.

Esta situación en Florencia parece ignorar también un hito jurídico de 2018. La Sentencia STC 4360 declaró a la Amazonía colombiana como un "sujeto de derechos", ordenando al Estado y a los municipios proteger, conservar y restaurar este ecosistema vital. La Corte Suprema de Justicia fue clara: se debe frenar la deforestación y el urbanismo desmedido para garantizar el derecho a un ambiente sano de las generaciones futuras.

Sin embargo, en la práctica, la protección del "pulmón del mundo" choca con el crecimiento de urbanizaciones campestres y condominios en suelo rural. A pesar de que Florencia enfrenta retos críticos por la ocupación ilegal de áreas de reserva y la tala de bosques, la huella urbana sigue extendiéndose sobre áreas estratégicas para el abastecimiento hídrico.

La lucha colectiva

María García aprendió de su madre que la defensa del agua se da desde la organización comunitaria. Como habitante de Florencia, se ha juntado con otros líderes ante la necesidad de preservar el agua. “La defensa del río Hacha no es solo un asunto de trámites técnicos, sino de supervivencia para los 50,000 usuarios de Florencia, cuya bocatoma principal suministra el 80 por ciento del agua de la ciudad. Y es por esto que las siete veredas del corregimiento donde se ubica la bocatoma decidieron incidir en la construcción de esta figura jurídica llamada Pomca y defenderla, asegura.

El Pomca es lo que hoy permite a la ciudadanía cuestionar no solo el proyecto 'La Reserva Club House', sino también los 14 títulos mineros identificados en la zona, de los cuales la mayoría se encuentran sobre el río Hacha y cuya operación legal depende de permisos ambientales que la autoridad aún debe clarificar.

“No es solo un pleito por papeles; es que el río Hacha está triste, porque después de vernos crecer y darnos la vida, hoy lo asfixian el descuido institucional y la ambición de unos pocos. Es doloroso saber que este proyecto se levantó sobre un silencio administrativo, una omisión de funcionarios que prefirieron callar antes que proteger el suelo de conservación que nos pertenece a todos”, afirma. 

Los líderes han subrayado la responsabilidad de los caqueteños en la administración de la cordillera oriental, vinculando directamente el territorio de Florencia y su sistema montañoso con el Distrito de Conservación de Aguas de Caquetá. Valencia también cuestiona el impacto del proyecto, señalando que ya ha generado una afectación ecológica irreparable mediante la tala indiscriminada de árboles. Esta crisis ambiental se agrava al intervenir en un sitio de gran relevancia histórica y cultural para los habitantes de Florencia.

“Llegaron y empezaron a destruir y acabar sin tener licencia de parcelación, sin tener los requisitos mínimos de función de la tierra y en zonas de gran importancia ambiental, como lo ocurrido en otra zona de Florencia denunciada en el 2024”, agrega Valencia.

Los integrantes de la veeduría del Pomca, en su mayoría mujeres campesinas, coinciden en que el derecho a la propiedad privada no puede ser una excusa para ignorar la función ecológica de la tierra, el agua y la vida. “Nadie es dueño de un predio para disponer de él a su antojo cuando lo que está en juego es la supervivencia de usuarios y el equilibrio de la Amazonía. Seguiremos firmes con nuestras acciones de nulidad porque el Pomca es nuestra pirámide jurídica y la brújula que debe guiar el orden de nuestra casa”, agrega.

El aspecto de Florencia ha experimentado una transformación notable en busca del desarrollo urbano en distintos sectores de la ciudad; se han proyectado edificaciones que han ido afectando el paisaje natural. Un ejemplo de ello ocurrió en septiembre de 2024, cuando la emisora Cristalina Estéreo informó que “la Alcaldía de Florencia debe cumplir un fallo judicial para recuperar la zona de protección ambiental Parque Forjadores, lo que implica demoler las construcciones allí erigidas”. Esta expansión urbana, impulsada por licencias que se extienden principalmente hacia la cordillera, ha alterado la relación histórica de la ciudad con su entorno.

El fallo del Juzgado Primero Administrativo de Florencia le daba un año a la Alcaldía, el cual se cumple este 29 de septiembre. Para la recuperación de las zonas que se encuentren ocupadas de hecho dentro del perímetro fijado en el Acuerdo Municipal N° 029 del 15 de agosto de 1998. Un acto administrativo fundamental que otorga estatus de protección legal a la zona boscosa y de nacimientos del nororiente de Florencia, y que les da una esperanza a María y a los demás defensores del agua.

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