El papel de las y los concejales es fundamental en cualquier municipio: son los intermediarios entre la administración municipal y los ciudadanos. Su principal función es velar por los intereses de la comunidad haciendo control político al alcalde y sus funcionarios. Las y los concejales tienen el deber de representar los intereses y hacer eco de las demandas sociales de la ciudadanía que votó por ellos.
Para que pueda votar informado el 29 de octubre, Consonante le explica lo que pueden, y no pueden hacer.
1. Los miembros del Concejo Municipal no pueden expedir leyes
En Colombia, solo los congresistas pueden presentar proyectos de ley que deben ser debatidos por los miembros de las dos cámaras y luego sancionados por el Presidente para entrar en vigencia. En este orden, las Asambleas a nivel departamental expiden las ordenanzas y los Concejos expiden los proyectos de acuerdo. Los acuerdos solo regulan asuntos de carácter municipal.
Por ejemplo, los concejos pueden proponer la creación de normas administrativas, en temas como la regulación de tránsito, normas de convivencia, normas sobre las rentas municipales, o la misma aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial, pero son temas específicos que le competen sólo al municipio y que no pueden salirse de las leyes.
También dictan normas internas de funcionamiento, por ejemplo, deciden cómo debería el alcalde presentar un proyecto ante el concejo; los documentos que necesitan y en caso de que no se cumpla, el proyecto se cae.
Además, tienen la posibilidad de expedir actos administrativos, como facultar al alcalde para que realice alguna contratación y ejercer temporalmente funciones de las que corresponden al Concejo.
2. Los concejales no administran recursos directamente
Los concejales no son ordenadores del gasto, es decir, no pueden decidir en qué se va a gastar el dinero del municipio. Lo que sí pueden hacer es aprobar o desaprobar el presupuesto que propone el alcalde en su plan de desarrollo y aprobar o modificar el presupuesto de rentas y gastos anuales.
Esto implica que los concejales deben analizar la cantidad de recursos que el alcalde propone gastar, cómo lo piensa hacer, qué asuntos propone priorizar y de dónde anticipa que sacará el dinero.
Sobre este último punto es bueno saber que los municipios tienen tres formas de financiarse: impuestos, transferencias del gobierno nacional y préstamos. Los concejales pueden, por ejemplo, proponer nuevos impuestos a nivel municipal (como las estampillas) para recaudar más recursos; así como aprobar, o no, nuevas deudas propuestas por el alcalde, por ejemplo.
“Ese (el endeudamiento) ha sido uno de los grandes problemas que ha habido dentro de esas funciones”, advierte Esteban Salazar, coordinador de la Línea de Gobernabilidad y Democracia de la Fundación Paz y Reconciliación (Pares). Salazar explica que para lo que este instrumento ha sido utilizado para “gastarse la plata que no hay y después le dejan los problemas a los alcaldes y gobernadores que siguen. Los concejales muchas veces para congraciarse con los alcaldes les aprueban cupos de endeudamiento muy altos”, asegura.
En los momentos en los que se define el uso del dinero municipal los concejales pueden incidir para promover sus iniciativas políticas como representantes de los ciudadanos: “Puede que haya un concejal de la salud que plantee que es mejor invertir más recursos en salud que en educación, y eso lleva una negociación dentro de la cual se pueden hacer replanteamientos”, agrega Salazar.
3. Los concejales debaten las propuestas que surgen de la Alcaldía
Los concejales deben hacer control político y vigilancia a la administración municipal. Es decir, deben verificar que las propuestas que hizo el alcalde se cumplan y que los recursos se inviertan en lo que se propuso.
Para esto deben y pueden exigir informes escritos a los secretarios de la alcaldía, directores de departamentos administrativos o a cualquier funcionario municipal exceptuando al alcalde. Incluso pueden citarlos para rendir cuentas y en algunos casos hacer una moción de censura. Es gracias a esta veeduría que se pueden combatir procesos corruptos, o abusos por parte del poder municipal.
Una vez electo un concejal, este puede declararse del partido de gobierno, de oposición o independiente; sin embargo, sea cuál sea su línea, no debe perder el objetivo de hacer control político y que lo que se apruebe vaya con lo propuesto.
“En esos proyectos tiene que haber un proceso de discusión similar al del debate legislativo, no puede ser simplemente una aprobación, porque los concejales están ahí para representar los intereses de electores, no para respaldar específicamente lo que se hace desde la cabeza de la administración municipal”, cuenta Carlos Oviedo, integrante del grupo de justicia electoral de la Misión de Observación Electoral (MOE).
Si un concejal incumple con este deber, los primeros llamados a vigilarlo son sus compañeros.“En caso tal por ejemplo que una mayoría manejada por un alcalde termina probando un proyecto de acuerdo que sea inconveniente, los concejales que están en la minoría pueden dejar constancia para que quede por lo menos la evidencia de las razones por las cuales ellos no aprobaron esa propuesta”, advierte Ricardo Zuluaga, doctor en derecho público de la Universidad de Salamanca y experto en organización político administrativa.
4. El principal deber de los concejales es asistir a las sesiones
Los concejales tienen periodos ordinarios para sesionar; es decir, las reuniones deben darse en febrero, mayo, agosto y noviembre y su pago dependerá de la cantidad de sesiones a las que asistan. Es indispensable que los concejales asistan a estas sesiones pues son el lugar primordial para ejercer la labor para la que fueron electos.
La cantidad de sesiones pagas depende, a su vez, de la categoría del municipio. Para los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría —a las que pertenecen la mayoría de municipios del país— la ley dice que son 70 sesiones pagas al año. En caso de que se hagan sesiones por fuera de esos meses se consideran extraordinarias y se pagan máximo 20 de este tipo. Si un municipio se excede en el límite de las sesiones pagas el concejal debe asistir de todas maneras a las que se convoquen.
“Si resulta que en agosto ya se vencieron las 20 extraordinarias que les pueden pagar, pero el alcalde necesita presentar unos proyectos, pues el alcalde los va a presentar y los va a convocar. Muchos concejales le hacen reparo a eso, dicen ‘Yo no voy, porque es que eso no lo pagan’. Entonces uno se pregunta si le está sirviendo la comunidad o está por los honorarios”, advierte Gonzalo Arboleda.
Sin embargo, la ley es poco rigurosa a la hora de sancionar las faltas de los concejales. La única forma que un concejal puede perder su cargo es por faltar a todo un período de sesiones en el que se aprueben tres proyectos. Pero si el concejo sesiona y no evalúa proyectos es muy difícil que los concejales sean sancionados por no asistir. Es decir, si la Alcaldía no presenta proyectos, los concejales que incluso no asistan a ninguna sesión, no pueden ser sancionados.
Por eso, explica Arboleda, es importante que la ciudadanía haga veeduría al desempeño de los concejales y no reelija a quien no asista a las sesiones o no cumpla sus funciones: “Es el mismo pueblo que lo eligió quien supervisa, porque el pueblo que elige es el que que moralmente o políticamente castiga a un concejal cuando no hace su función, en la elección siguiente pues la gente no va a votar por ellos, pero disciplinariamente para quien esté desfasado en sus funciones ya está la Procuraduría”.
Para facilitar el seguimiento de la ciudadanía, los concejales tienen la obligación de publicar cada fin de año en su página web un informe de rendición de cuentas donde se diga qué proyectos se aprobaron, cómo fue su votación, como fueron los pagos de los concejales, entre otros temas. En caso de que no esté publicado, cualquier ciudadano puede pedir mediante derecho de petición los informes o las actas de las sesiones. Además, las reuniones son abiertas y cualquier persona de la comunidad que esté interesada, puede asistir.
5. Los concejales no pueden tener contratos con el Estado
Los concejales no pueden prometer que van a sacar adelante un proyecto, por ejemplo, de pavimentación de una calle, o la construcción de una cancha. Sin embargo, sí pueden proponerlo ante el concejo y esto dependerá de la aprobación de los miembros.
“Los concejales no dependen de las decisiones propias, sino que al ser una corporación pública, al ser un cargo plurinominal, dependen de los consensos acuerdos y votaciones mayoritarias de la Corporación”, indica Esteban Salazar de Pares.
En el caso de que se apruebe la propuesta de un concejal, igual no es él quien ejecuta la obra. Los concejales no pueden contratar con la alcaldía, o con cualquier persona que administre, maneje o invierta fondos públicos del municipio.
"Uno no puede ser juez y parte, entonces no puede aprobar los recursos del Plan de Desarrollo y enseguida ‘venga, en este contrato a mí’ porque es una incompatibilidad. Además, los concejales no pueden contratar con el municipio, ni con ningún otro municipio a nivel nacional, agrega Gonzalo Arboleda.
6. Los concejales no tienen injerencia sobre la nómina de la administración municipal
Los concejales no deben prometer puestos ni contratar personas para trabajar en la alcaldía. Aunque suele ser una práctica habitual, los alcaldes no deben ofrecer cargos a cambio de apoyos en la aprobación de proyectos, y los concejales no deben pedir cargos a cambio de ofrecer esos apoyos, incluso es un delito.
“Una práctica dañina es la presión que hacen a veces a la administración municipal para cambiarles su voto por nombramientos en la administración o por contratos, entonces los concejales sacan una tajada a cambio de garantizar al alcalde que le votan favorablemente las propuestas, eso constituye delito lo que pasa es que es de muy difícil prueba, entonces generalmente eso queda en las sombras”, explica Ricardo Zuluaga.
Lo que sí deben hacer los concejales es elegir al Personero municipal. Esto es importante porque la Personería ejerce en los municipios funciones propias del Ministerio Público y por ende vigila y sanciona los comportamientos indebidos de los funcionarios locales.
Además, el concejo aprueba o desaprueba la contratación que propone el alcalde en su plan de desarrollo: las dependencias y las funciones, así como las escalas de remuneración de los diferentes empleos. No son quienes les pagan a los funcionarios, ni quienes los contratan, pero sí quienes aprueban la normatividad para vincular a esas personas, para crear sus funciones y para aprobar el presupuesto de lo que se les va a pagar.