PÓDCAST| Proyecto de Ley Olimpia en Colombia: Violencias de género digitales

Valeria Ortiz Tabares
Valeria Ortiz Tabares

Hay unas nuevas formas de violencia que creemos que son realmente muy graves, que tienen que ver con nuestra integridad sexual, como la difusión no consentida de imágenes o videos íntimos sexuales, que ahora ya no solo son las imágenes que nosotras mismas nos tomamos, sino que también incluye esas imágenes que pueden ser generadas con inteligencia artificial.

Catalina Moreno, codirectora de la Fundación Karisma.

Valeria Ortiz:  Esto es Voces en primer plano. Un espacio de entrevistas en profundidad donde voces locales y expertas cuentan, explican y contextualizan su propia historia. Les habla Valeria Ortiz, periodista de Consonante. 

El 60 por ciento de las mujeres en Colombia entre los 18 y 40 años afirma haber sido acosadas a través de plataformas digitales, según un informe de la herramienta de medición Ranking PAR de Equidad de Género. Además, la Organización de las Naciones Unidas informó que el 73 por ciento de las mujeres en el mundo han experimentado algún tipo de agresión en línea. 

Hay diferentes tipos de violencia digital como el intercambio de mensajes o material online de contenido sexual sin consentimiento; extorsión o chantaje con la publicación de contenidos íntimos y sexuales; hostigamiento por plataformas digitales; y acoso sexual virtual infantil. Sin embargo, en Colombia hay un vacío jurídico para abordar específicamente la violencia digital con enfoque de género. 

Con base en esto, en septiembre de 2024 se presentó el proyecto de Ley Olimpia, el cual fue aprobado en la Cámara de Representantes el pasado 1 de octubre  y deberá ser debatido en los próximos meses en el Senado para que sea ley. 

El proyecto de Ley Olimpia busca modificar la ley 1257 de 2008, la cual aborda la violencia contra la mujer sea física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, en los ámbitos público y privado. Sin embargo, no se menciona ni se hace referencia al espacio digital. 

Para comprender y analizar en qué consiste la Ley Olimpia, cuál es el panorama en el país, cuáles son las discusiones que deben darse para que la ley se traduzca en acciones que reparen a las sobrevivientes y cuáles son los puntos que se deben replantear de la ley, hablamos con Catalina Moreno, codirectora de la Fundación Karisma. 

La Fundación Karisma es una organización de sociedad civil colombiana que desde hace más de 20 años trabaja por promover los derechos humanos y la justicia social en la tecnología, ha hecho seguimiento al vacío jurídico que hay en relación a la violencia digital y a la falta de diferenciación y enfoque de género en ese tipo de violencia.  

Catalina Moreno: En la Corte Constitucional en 2022 salió una sentencia en la que se habla de que existe un vacío jurídico para abordar la violencia de género digital. A raíz de ese llamado específico que hace la Corte Constitucional, el Congreso empieza a moverse sobre el tema. Hay una visibilidad mayor en el Congreso sobre este asunto y empiezan a salir distintos proyectos de ley. 

El primero es uno que inició su trámite en el 2022. En ese momento nosotras tuvimos que hacer una labor de incidencia para que fuera archivado, porque tiene muchos inconvenientes. Luego en 2023, si no estoy mal, se presentan un par de proyectos de ley que buscan abordar la violencia de género digital o la violencia digital.

Hablemos por ahora de la violencia digital, porque luego vamos a entrar como en esos detalles de si hay violencia de género y si está ese enfoque de género en los proyectos de ley. Entonces se radican dos proyectos de ley distintos. Uno, nosotras tenemos que ser completamente transparentes, como parte de una coalición que se formó justamente para lograr el archivo de ese otro proyecto de ley del que te hablaba de 2022, formamos una coalición distintas organizaciones que trabajamos distintos temas.

Olimpia es el segundo proyecto de ley. Este proyecto de ley busca dentro de la ley 1257/2008, que es una ley que aborda la violencia contra la mujer, incluir el daño digital como un nuevo elemento, una nueva forma de daño y busca también incluir un delito en contra de la intimidad sexual.

Entonces, este es un proyecto de ley que se edifica básicamente sobre esa modificación de la de 1257, se edifica principalmente en un tema punitivo de cambiar el Código Penal. 

Valeria Ortiz: La Ley Olimpia surgió en México con la activista Olimpia Coral Melo, quien sufrió violencia digital sexual. Al acercarse a las instituciones, se encontró con rechazo, revictimización y un vacío jurídico, pues las autoridades le dijeron que difundir contenido íntimo sin consentimiento no era un delito. 

Olimpia empezó un movimiento para cambiar la legislación mexicana, logrando que se reconociera el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia en lo digital; y la tipificación del delito contra la intimidad sexual en los Códigos Penales, para castigar la difusión y producción de contenidos íntimos sexuales sin el consentimiento o autorización, así como las amenazas y extorsión.

Esta Ley se ha extendido por diferentes países en América Latina y ha logrado grandes avances. En Colombia, como mencionó Catalina, se habla de violencia digital, pero, ¿cuáles son las principales violencias digitales que se han podido identificar en el país? 

Catalina Moreno: Yo creo que la tecnología ahora ha facilitado distintos tipos de violencia de género, o sea, hay unos que se han, por ejemplo, aumentado, tal vez, como el tema de la violencia psicológica que puede ocurrir a través de ciertos comentarios, comentarios discriminatorios.

Hay unas nuevas formas de violencia que creemos que son realmente muy graves, que tienen que ver con nuestra integridad sexual, como la difusión no consentida de imágenes o videos íntimos sexuales, que ahora ya no solo es ni siquiera como las imágenes que nosotras mismas nos tomamos, sino que también incluye esas imágenes que pueden ser generadas con inteligencia artificial.

También están otras que, tal vez, antes podían ocurrir de otras maneras, pero que tienen que ver con el doxing o con la publicación de datos personales, que creemos que afecta de manera muy particular, por ejemplo, a las mujeres públicas, especialmente a las mujeres periodistas y comunicadoras, o a las mujeres políticas. Creería yo que esas son como las más fuertes y también creo que la otra que hemos visto con bastante frecuencia es el tema de la extorsión. En la extorsión usando como arma también el tema de videos y contenido íntimo sexual. Por ahora mencionaría esas.

Valeria Ortiz: Si bien se identifican esos diferentes tipos de violencias digitales en el país, hasta 2022 la Corte Constitucional no había reconocido que había un vacío jurídico en torno a la enunciación de esa forma de violencia y mucho menos, teniendo en cuenta la diferenciación y el enfoque de género.

Catalina Moreno: En Colombia, especialmente cuando estamos hablando de temas de violencia de género, es que muchos operadores jurídicos son reacios a reconocer la existencia de la violencia de género. Y aquí súmale el hecho de que cuando estamos hablando de una violencia de género, que además es en lo digital y que eso no aparece por ningún lado en ningún papel, aún más van a desestimar las denuncias, no se las van a tomar en serio o van a decir: “Eso no existe en la ley. Aquí no". Ni siquiera le abro la puerta a la ruta de atención.

Lo otro que nosotras hemos visto y eso lo hemos encontrado desde 2014, es que las rutas existentes para la atención de otras formas de violencia de género, aplican para la violencia de género digital. Entonces, haz de cuenta que tú tienes el proceso de medidas de protección que realizas ante la comisaría de familia o el juez de familia cuando la violencia ocurre en el ámbito familiar.

Eso también aplica, porque la ley 1257 del abordaje de violencia contra las mujeres nunca te dice:  "Solo serán estas violencias, A, B y C." No, te dice:"Será violencia cualquier acto que cause daño psicológico, daño sexual, daño físico o daño económico”. Lo que importa no es el tipo de violencia, sino el daño que causa. Entonces, para nosotras, dentro de la ley 1257, cabe perfecto la violencia digital. 

¿Qué sucede? Que los operadores jurídicos, como te decía antes, suelen desestimar. Mira todo el tema que hubo cuando pasamos de hablar de la violencia de género que era física y pasamos a hablar de la violencia emocional. O sea, qué tanto tuvo que luchar el movimiento para que se reconociera que la violencia no es solo un ojo morado. Lo mismo sucede con la violencia digital, no está ahí enunciada.

Valeria Ortiz: La Ley Olimpia busca llenar ese vacío. Sin embargo, diferentes organizaciones como Karisma cuestionan el cómo se está abordando en relación a garantías de reparación y no repetición, el impacto diferenciado de género y la responsabilidad del Estado para asegurar el derecho a vivir libres de violencias. 

Catalina Moreno: Nosotras vemos que un poco desconoce el impacto de género que tiene la violencia digital porque solo habla de mujeres. Y eso nos parece problemático en el mundo actual en el que estamos hablando, porque hay que hacer un reconocimiento expreso de ese impacto diferenciado de género y lo otro que nos parece es que tiene un enfoque muy punitivista. 

Desde su inicio hablaba mucho de violencia sexual digital y la marcaba en un delito, y además era un delito que era relacionado con la intimidad. Entonces, nosotras hemos visto que es un proyecto de ley que tiene una finalidad supremamente loable y que nosotras de verdad creemos que entre más debates existan alrededor de este fenómeno, pues mejor porque se enriquece la conversación, pero sí vemos que es una aproximación que, tal vez, se queda corta. 

En el último paso por el Congreso, en la plenaria de la Cámara, lo que nosotras vimos es que, además se le sumó un enfoque que nosotras ya veíamos que tenía el proyecto de ley desde el inicio, pero aquí se acrecentó y es un enfoque familista, donde se dice que la familia es la que tiene que dar respuesta, la familia es la que tiene que apoyar, la familia tiene que hacer control de contenidos de lo que consumen niñas especialmente, entonces cuando le metes esa herramienta y cuando hablas también, por ejemplo, de temas de vulneración de la integridad moral, cuando empiezas a meter como todos estos temas tan ambiguos, a nosotras nos empieza a dar angustia sobre cuál es el enfoque, qué busca proteger realmente este proyecto de ley y qué va a salir de ahí.

Entonces, estamos un poco dejando toda la carga en las familias y generalmente, aquí sabemos que la mayoría de familias son encabezadas por mujeres, que además tienen dos trabajos, más la carga de cuidado y encima de todo, entonces ahora les sumamos que tienen que vigilar y controlar y limitar el contenido de niñas y niños; pero además, ponemos a los niños y a las niñas en una situación en la que aparentemente no tienen agencia y no pueden hacer un consumo crítico de internet, los anulamos por completo. Tal vez te diría que ese enfoque en la familia me parece supremamente preocupante.

Valeria Ortiz: Teniendo en cuenta ese enfoque donde la familia es la principal responsable, nos preguntamos ¿qué pasaría con la Ley Olimpia en términos de denuncia y penalidad cuando la víctima es menor de edad?

Catalina Moreno: Se habla mucho de la participación activa de la familia y también se habla de la familia como el ámbito primario de protección. Yo no sé esto en qué se traduzca, porque a veces metemos un montón de palabras dentro de los proyectos de ley y no sé en qué se traduzca. Esa pregunta está allá, yo creería que no es necesaria para la denuncia que sea acompañada por su padre, su madre, su representante, no creo que sea necesario, pero sí me deja a mí una duda enorme porque siempre se habla de ese lugar primario de protección.

También sabemos que en muchos casos, la violencia digital puede provenir de la misma familia. Lo otro que me preocupa ya relacionado con menores de edad es que se habla del delito y a renglón seguido se habla de la protección especial reforzada de los niños y niñas, que es cierto; todas sabemos que es una protección, es un mandato que no solo tiene el Estado, sino que tenemos en la sociedad y distintas personas.

Pero me preocupa y es un problema que nosotras le veíamos a esa proyecto de ley de 2022 y es que claro, el delito debería dirigirse únicamente a la divulgación no consentida de imágenes y videos íntimos sexuales de mayores de edad, porque si no vas a terminar anulando ese delito, que se llama mal porque se llama pornografía infantil y díganme qué niño ha consentido, o sea, ningún niño se está lucrando con un video, ningún niño ha dicho yo quiero ser actor porno. Tenemos que empezar a hablar de la precisión, pero así se llama en el Código Penal. Entonces, tenemos acá un delito que va a tener una pena inferior a ese dice que se llama pornografía infantil, yo de ahora en adelante voy a hablar de explotación sexual.

Entonces, como tienes un delito que cubre las mismas conductas que este de explotación sexual para niños y niñas, lo que vas a terminar haciendo es anulando el delito de explotación sexual de niños y niñas que tiene una pena mayor, porque acuérdate que un principio de favorabilidad que a ti te aplica el delito que tenga la menor pena y es un principio de favorabilidad del sistema penal. 

Valeria Ortiz: Desde Consonante, como ya sabrán varios de nuestros oyentes, cubrimos lugares del país que suelen ser de difícil acceso, donde hay comunidades afro e indígenas, y mujeres en zonas rurales. Por eso, Catalina nos cuenta cuáles deberían ser las garantías presentes en el proyecto de ley, para que estas mujeres puedan acceder al derecho a vivir libres de violencia digital desde sus territorios.

Catalina Moreno: Existe una versión sumamente centralista de cómo funciona Colombia. Este proyecto de ley, por ejemplo, dice una cosa muy interesante y es: medidas de reparación, la atención psicológica prioritaria gratuita y medidas de protección frente a nuevas agresiones. Pero nunca te dice quién se va a encargar de entregarlas. Nunca te dice: "La EPS te va a dar esto, el juez de familia te va a dar esto." Entonces, tenemos un tema donde no hay autoridad responsable y eso se diluye.

Y a eso le sumas ahora con las dinámicas territoriales, donde ¿Qué pasa si el perpetrador, por ejemplo, es un actor armado ilegal? La persona no va a querer denunciarlo, porque además de la violencia digital va a tener que experimentar amenazas sobre su vida y otro tipo de cosas. Hay unas diferencias territoriales inmensas que hacen que lo que desea una víctima en la periferia del país sea distinto a lo que puede darle esta ley.

Sí creo que aquí se queda corto en reconocer esas diferencias territoriales y creo que además se queda corto este proyecto de ley en designar autoridades que puedan hacer efectivas las medidas que son supremamente importantes, como la atención psicológica, se queda corto porque no dice quiénes la van a hacer.

¿Qué pasa acá cuando tú dices que se garantizarán medidas de reparación  consistente en atención psicológica, y no dices quién las va a garantizar? Pues no va a pasar nada. 

Y entonces vas a dejar unas medidas que no van a servir y que van a estar muy lindas en una ley, pero que no van a ser efectivas. Tal vez te diría eso, y eso desconoce por completo las dinámicas territoriales.

Valeria Ortiz: Por otro lado, hay una población que también es vulnerable. En este caso son las mujeres migrantes, ¿qué pasaría con ellas en relación a la Ley Olimpia?

Catalina Moreno: Yo creo que con las mujeres migrantes pasa justo esto de lo que te estaba hablando yo antes, y es un tema de las dinámicas territoriales. Tal vez ahí uno podría sumar un tema de articulación de las instituciones, que eso lo vemos constantemente donde una mujer, también con procesos migratorios,  que a veces, la obligan a moverse constantemente. O sea, no solo pierdes tu arraigo de país; tal vez entraste por La Guajira si eres una persona migrante que llegó de Venezuela y luego te vienes caminando hasta Bogotá y terminas en Pasto. 

Y puede que la violencia la experimentes y la denuncies en La Guajira y ¿qué pasa si ya te tocó llegar a Pasto y sigue ocurriendo la violencia digital porque están haciéndote un seguimiento o te están haciendo un hostigamiento? Entonces, como hay una falta de articulación de las instituciones, muchas veces lo que suele suceder es que nunca van a saber que tú iniciaste algún proceso por allá en La Guajira, nunca se va a saber que una comisaría de familia porque era tu ex pareja ya tiene una medida protección allá en La Guajira porque hay una desarticulación enorme entre las autoridades.

Al problema de las dinámicas territoriales que te decía antes, le sumaría este problema de  desarticulación que puede impactar de manera distinta a las personas migrantes. Se me ocurre como por ahora ese en términos de aplicación de este tipo de iniciativas.

Valeria Ortiz: Recordemos que la Ley Olimpia ya fue aprobada en la Cámara de Representantes el pasado 1 de octubre. Teniendo en cuenta eso ¿cuál es el panorama de cara a los debates en el Senado?

Catalina Moreno: Implica incluir el enfoque de género a través de la ley, porque está en un artículo  y el enfoque de género, hemos visto cada vez con un mayor fuerza, que al Congreso no le interesa, a muchas personas dentro del Congreso no les interesa hablar en términos de impactos diferenciados de género, entonces esa es una de las peleas que hay que hacer.

La otra modificación enorme que hay que hacer tiene que ver con esta atención holística, que no necesariamente tiene que hablar del delito, sino que tenemos que irnos a ver cómo hacemos para garantizar que esa atención psicológica especializada gratuita sea real y que no simplemente quede como una letra hermosa dentro de una ley, sino que sea real y que reconozca además, lo colapsadas que están las comisarías de familia, la ausencia de otros espacios de prestación de servicios psicosociales… Tenemos que mirar cómo hacemos que esa atención sea holística y que no dependa del proceso penal. 

Creo que hay otro punto importantísimo para abordar y tiene que ver en ¿cuál es el bien jurídico que se protege con el delito? El delito como está ahora, habla de la intimidad, y a nosotras nos parece supremamente preocupante y yo creo que a las personas que son periodistas también les va a parecer. Y es que si tú metes un delito de violencia dentro del bien jurídico de intimidad, estás creando varias cosas.

Uno, estás desconociendo que la difusión no consentida de imágenes y de videos, lo que afecta no es tu intimidad o tu privacidad, tu vida privada, sino tu libertad y tu autonomía sexuales. O sea, tú le entregas un video, tú haces un video y se lo entregas a tu novio porque es parte del disfrute, de tu libertad sexual y cuando alguien más que tú no querías que lo viera lo ve, ahí lo que se afecta por completo es tu autonomía sexual. Eso es lo que se afecta, no la intimidad. Entonces estás desconociendo que el daño, es un bien jurídico que es mucho más protegido. Y lo otro que pasa cuando se protege la intimidad, es que estás abriendo la puerta a que se utilicen estos delitos para callar discursos también importantes, discursos de interés público. 

Haz de cuenta que cuando estamos en la calle estamos en un espacio público, pero cuando yo ya entro a un restaurante, estoy hablando de un espacio que puede ser privado o semipúblico. Entonces, entro a un restaurante y a mí me pillan ahí recibiendo un dinero para que yo haga alguna cosa. Algún periodista se da cuenta, me toma el video y lo quiere publicar, yo puedo decir que ese es contenido íntimo. Y entonces todas sabemos qué pasa cuando creamos un delito que está habilitando que, por ejemplo, se cuestionen ese tipo de videos porque se entiende como un video íntimo. ¿A quién estamos tratando de callar y cómo puede ser utilizado ese tipo de herramientas punitivas para callar discursos que son de interés público?

Valeria Ortiz:  Mientras el proyecto de Ley Olimpia pasa por el Senado, Catalina nos cuenta qué alternativas o rutas hay para denunciar este tipo de violencias.

Catalina Moreno: Mientras tanto, como yo te decía al inicio, yo creo que hay distintos mecanismos judiciales y administrativos para abordar la violencia, específicamente si estamos hablando de difusión no consentida de contenido íntimo sexual, nosotras encontramos que está la queja ante la SIC por datos personales, está el delito de injuria por vía de hecho ante la Fiscalía, está la tutela dependiendo de la medida de reparación que tú estés buscando, la tutela para proteger tu derecho a vivir una vida libre de violencia de género.

Por ahora te mencionaría esas tres, que yo creo que en este momento funcionan. Lo que pasa es que tenemos unas autoridades que a veces son lentas o que a veces no le creen a las sobrevivientes de violencia de género.

Valeria Ortiz: La Fundación Karisma, junto a otras organizaciones como la Fundación para la Libertad de Prensa, El Veinte, la Red Nacional de Mujeres y la Organización Artemisas crearon una coalición llamada Libres y Conectadas, desde la que han estado haciendo seguimiento a estos proyectos de ley que pretenden hacer frente a la violencia de género digital.

Desde esa coalición, como nos mencionó Catalina Moreno, han manifestado su preocupación sobre cómo se está bordando este proyecto de Ley Olimpia, pues se limita a la protección de la intimidad sexual y en la justicia penal, que ha probado ser revictimizante para las mujeres. El acceso a instituciones para denunciar, la reparación y la garantía de no repetición también debe ser parte de ella. Y para lograr eso, es necesario que se dé claridad sobre quién o quiénes deben ser los responsables de garantizar el derecho a vivir libres de violencias. 

Este episodio hace parte del formato voces en primer plano de El Megáfono.  Les habló Valeria Ortiz, periodista de Consonante.

Créditos:

Locución: Valeria Ortiz

Guión y entrevista: Valeria Ortiz

Edición: Valeria Ortiz

Ilustración: Camila Bolívar

Coordinación general: Ángela Martin Laiton

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